Venezuela
no cuenta con una ley específica que obligue al Estado a garantizar y proteger
el derecho a la igualdad y no discriminación de las lesbianas, gays,
bisexuales, trans e intersexuales. Solo tiene pocos instrumentos legales que
mencionan la no discriminación por motivo de la orientación sexual en algunas
áreas específicas, a saber: Artículo 4 de la Ley Orgánica del Poder Popular
(2010), Articulo 173 de la Ley de Instituciones del sector Bancario (2010),
Resolución 185, Artículo 3 Normas y Garantías relativas a los Derechos de las
Mujeres y la Sexodiversidad a la Igualdad y Equidad de Género en los Cuerpos de
Policía Nacional Bolivariana y demás cuerpos de Policía Estadales y Municipales
(2010), Art. 5 de la Ley de regulación y control de Arrendamientos de Viviendas
(2011), Artículo 21 de la Ley Orgánica del Trabajo, de las Trabajadoras y
Trabajadores (2012). Además que estas leyes carecen de mecanismos que permitan
implementar estrategias reales y efectivas para evitar la discriminación y la
desigualdad, de tal manera que en la realidad son leyes vacuas, inocuas e
inútiles. [1]
Durante
17 años, varias organizaciones de derechos humanos de personas LGBTI, han realizado solicitudes ante el
gobierno Nacional; y las tres gestiones
(2000-2005) (2005-2010) (2010-2015) pasadas de la Asamblea Nacional dominadas
por el partido socialista de Venezuela.; así como ante las diferentes gestiones
de la Defensoria del pueblo: Dilia Parra Guillén (1999-2000), Germán Mundaraín
(2000-2007) y Gabriela del Mar Ramírez (2007-2014) y el actual defensor Tarek
William Saab (2014-2021); sin obtener respuestas favorables.
Grupos vulnerados y
vulnerables
Los grupos históricamente objeto de discriminación
son las mujeres; los niños, niñas y adolescentes; los migrantes; los
afrodescendientes; los indígenas; los discapacitados; y las personas LGBTI.
En Venezuela, hasta ahora, se ha legislado para
proteger a la mayoría de los grupos antes mencionados a excepción de las
personas LGBTI. A pesar de la obligación que tienen los estados de procurar un
trato igualitario y sin discriminación a todas las personas.
A
las personas trans en Venezuela se les niega el derecho a su identidad, al no
poder realizar el cambio de nombre y género en sus documentos personales. Eso
coloca a las personas trans en una situación de vulnerabilidad, exclusión y
marginalidad que les impide acceder a cosas tan básicas el derecho al estudio,
al trabajo y a la salud.
A
las parejas del mismo sexo en Venezuela se les niega la protección a sus
familias, lo cual es una obligación del estado, brindar protección a todas las
familias. Más de seis mil familias
homoparentales en Venezuela se les niega el acceso a todos los derechos que
derivan del matrimonio, lo cual les limita su vida cotidiana así como el apoyo
mutuo en situaciones de enfermedad o defunción. Mientras que las personas
intersexuales al nacer son sometidas a cirugías de reasignación genital, a
través de métodos de coacción a sus padres, lo cual es violatorio de sus
derechos.
El pasado jueves 12 de mayo, la
actual Asamblea Nacional con mayoría de la Mesa de la Unidad Democrática aprobó
la Declaratoria del 17 de mayo como Día Nacional contra la homofobia,
transfobia y bifobia. Tenemos la certeza de que este es el primero de los
cambios positivos que se darán a favor de las personas LGBTI en Venezuela.
Acá les dejamos unos datos
oficiales, según el más reciente censo de población en Venezuela realizado en el
año 2011, sobre los diferentes grupos vulnerables; y los instrumentos legales
que los protegen.
[1] La
discriminación y la impunidad no son iguales ante la ley. Informe sobre la
situación de DDHH de personas LGTBTI en Venezuela. 2015. Informe de la Red
LGBTI de Venezuela ante la CIDH.
Red LGBTI de Venezuela.
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