Ciudadanas y Ciudadanos
Nicolás Maduro
Presidente de la República Bolivariana de
Venezuela
Henry Ramos Allup
Presidente de la Asamblea Nacional
Tibisay Lucena
Presidente del Consejo Nacional Electoral
Luisa Ortega
Fiscal General de la República
Tarek William Saab
Defensor del Pueblo
Presente.-
Las organizaciones y personas
individuales que firmamos esta comunicación les solicitamos:
1.- A todos los Poderes Públicos
y a la sociedad venezolana en general a practicar la tolerancia y el respeto,
mediante el reconocimiento de la identidad individual de cada ser humano, sin
distinción alguna.
2.- Promover la lucha contra la discriminación,
estigmatización, violencia y negación de derechos a las personas por razón de
su orientación sexual o su identidad o expresión de género, particularmente en
los ámbitos educativo, laboral, de salud, de vivienda y de seguridad personal,
siguiendo los lineamientos de los organismos internacionales.
3.- Al Ejecutivo Nacional a someter a ratificación por parte de la
Asamblea Nacional de la Convención Interamericana contra toda forma de
Discriminación e Intolerancia. Considerar revertir la denuncia de la Convención Americana de Derechos Humanos
(CADH) y regresar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
4.- A la Asamblea Nacional a emprender las modificaciones de las leyes
pertinentes a fin de adecuarlas para el reconocimiento de las relaciones entre
personas del mismo sexo, a través de todas las figuras establecidas en la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
5.- Al Consejo Nacional Electoral a dar cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 146 de la Ley Orgánica de Registro Civil y permita el cambio de nombre
de las personas trans, siguiendo los lineamientos sobre derechos humanos
señalados en la ley.
6.- A la Fiscalía General de la República para que establezca mecanismos
efectivos con la finalidad de visibilizar, investigar y perseguir los crímenes
de odio contra las personas con motivo de su orientación sexual, identidad o
expresión de género.
7.- A la Defensoría del Pueblo para que, en ejercicio de las atribuciones
que le confiere el artículo 281, numerales 1 y 4, de la Constitución nacional,
vele por el efectivo respeto y garantía de los derechos individuales de las
personas, independientemente de su orientación sexual, identidad o expresión de
genero a fin de garantizar los derechos fundamentales al libre desenvolvimiento
de la personalidad e igualdad ante la Ley, consagrados en los artículos 20 y 21
de la Carta Magna, así como el goce efectivo de todos los demás derechos
inherentes a la persona humana sin restricción alguna, más que las establecidas
en la Constitución y la Ley.
8.- A la Defensoría del Pueblo crear
la Defensoría Especial para personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex,
prometida en los años 2011 y 2013.
Nos suscribimos:
Por la Red LGBTI de Venezuela:
Unión Afirmativa de Venezuela
ACCSI Acción Ciudadana Contra el
SIDA
250 Firmas en resguardo.
Muchos de los firmantes son menores de edad quienes expresaron su deseo, voluntario, de apoyar nuestra solicitud.
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