Comité
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
El Comité de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas examinó el Tercer
Informe presentado por el Estado venezolano, sobre la aplicación del Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, celebrado el
pasado 02 y 03 de junio en sus sesiones 24 y 25 y aprobó en su 50ª sesión,
celebrada el 19 de junio de 2015, las siguientes observaciones finales. El
Informe está dividido en dos secciones: aspectos positivos y los aspectos que
son motivo de preocupación para el Comité y sobre los cuales hace una serie de
recomendaciones.
Legislación
contra la discriminación
16. A pesar de las
medidas legislativas adoptadas para favorecer la no-discriminación, preocupa al
Comité que el Estado Parte aún no cuente con un marco legal integral de lucha
contra la discriminación que incluya todos los criterios establecidos en el
Pacto (Art. 2 párr. 2).
El Comité recomienda al
Estado parte que agilice la elaboración y adopción de una legislación que
garantice una protección suficiente contra la discriminación de conformidad al
artículo 2 del Pacto, y que incluya todos los motivos de discriminación,
incluyendo cualquier otra condición social, como orientación sexual e identidad
de género. En ese sentido, el Comité señala a la atención del Estado parte su
Observación general Nº 20 (2009) sobre la no discriminación y los derechos
económicos, sociales y culturales.
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