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miércoles, 24 de junio de 2015

Naciones Unidas recomienda a Venezuela legislar contra discriminación por orientación sexual e identidad de género


Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas examinó el Tercer Informe presentado por el Estado venezolano, sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, celebrado el pasado 02 y 03 de junio en sus sesiones 24 y 25 y aprobó en su 50ª sesión, celebrada el 19 de junio de 2015, las siguientes observaciones finales. El Informe está dividido en dos secciones: aspectos positivos y los aspectos que son motivo de preocupación para el Comité y sobre los cuales hace una serie de recomendaciones.
                   
Legislación contra la discriminación

16. A pesar de las medidas legislativas adoptadas para favorecer la no-discriminación, preocupa al Comité que el Estado Parte aún no cuente con un marco legal integral de lucha contra la discriminación que incluya todos los criterios establecidos en el Pacto (Art. 2 párr. 2).

El Comité recomienda al Estado parte que agilice la elaboración y adopción de una legislación que garantice una protección suficiente contra la discriminación de conformidad al artículo 2 del Pacto, y que incluya todos los motivos de discriminación, incluyendo cualquier otra condición social, como orientación sexual e identidad de género. En ese sentido, el Comité señala a la atención del Estado parte su Observación general Nº 20 (2009) sobre la no discriminación y los derechos económicos, sociales y culturales.